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Novedades laborales en 2023 para empresas y autónomos

Novedades laborales en 2023 para empresas y autónomos

El pasado 27 de junio vio la luz un nuevo Real Decreto en materia laboral que viene cargado de muchas novedades laborales en 2023 para las empresas y los autónomos.

Se trata del Real Decreto 504/2022, por el que se modifican el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, para actualizar su regulación respecto a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, el cual entrará en vigor el día 2 de enero de 2023.

novedades laborales en 2023

A continuación pasamos a desglosar todas estas novedades laborales para el ejercicio 2023 que tendrán que tener en cuenta tanto empresas como autónomos.

  1. A partir del 2 de enero de 2023, en el momento de dar de alta a los empleados de una empresa, se deberán de incluir entre otros los siguientes datos:
    • Nivel formativo
    • Ocupación laboral
    • Convenio colectivo de aplicación
    • Centro de trabajo
  1. Para las altas de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, deberán incluirse los siguientes datos, los cuales estarán condicionados según el tipo de autónomos que sean: 
    • Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte.
    • Si desempeñan el cargo de consejero o administrador o prestación de otros servicios para la sociedad.
    • Su porcentaje de participación en el capital social.
    • El nombre y apellidos y número del documento nacional de identidad o equivalente de los familiares con los que conviva el trabajador autónomo.
    • Número de identificación fiscal del cliente del que dependan económicamente.
    • Colegio profesional para aquellos colectivos que dispongan del mismo y el trabajador esté en alta en la colegiación correspondiente.
    • Número de identificación fiscal de la empresa o empresas para las que se presten las actividades complementarias privadas.
    • Nombre y apellidos y número del documento nacional de identidad o equivalente del trabajador autónomo en cuya actividad económica o profesional trabajen los familiares.
    • Declaración de los rendimientos económicos que el trabajador autónomo prevea obtener por su actividad económica o profesional, salvo en el caso de los miembros de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica y de los grupos 2 y 3 de los autónomos del mar. En esto casos será el ministerio quien determine los rendimientos.
    • Cualquier otro dato que suponga una peculiaridad en materia de cotización y acción protectora respecto al trabajador por cuenta propia

 

La información de los datos anteriormente relacionados, en aquellos casos en los que el trabajador autónomo ya se encontrase de alta a fecha 02/01/2023 (fecha de la entrada en vigor de este Real Decreto), tendrán de plazo hasta el 31 de octubre de 2023 para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social estos datos por medios telemáticos.

 

Las modificaciones del Reglamento General sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social se pueden resumir en:

  1. El tipo de cotización de las contingencias profesionales, las bases mínimas y máximas se fijarán en la ley de presupuestos generales. Esto ya se estaba haciendo así, pero no se había variado la redacción del reglamento. 
  2. La elección de la base deberá realizarse de forma simultánea a la solicitud de alta. Además, en ese mismo momento los trabajadores deberán efectuar una declaración de los rendimientos económicos que prevean obtener por su actividad económica o profesional. Esta base se podrá cambiar cada dos meses en el año.

Desde Confislab, damos de alta a cientos de empleados y autónomos todos los años. Si tienes alguna duda a la hora de la contratación de trabajadores para tu empresa o quieres iniciar tu actividad como autónomo puedes ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos en todo lo necesario.

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