El modelo 347 ¿para qué sirve, quién y cómo debe presentarse?

El modelo 347 ¿para qué sirve, quién y cómo debe presentarse?

Cuando somos autónomos o administramos una empresa, hemos de saber que estamos obligados a presentar ante Hacienda diferentes declaraciones informativas, lo que suele llamarse comúnmente los modelos de Hacienda. Una de estas declaraciones es el modelo 347. En este artículo te vamos a contar qué es el modelo 347 de Hacienda, para qué sirve, quién debe presentarlo y cómo se debe presentar el modelo 347.

¿Qué es el modelo 347 de Hacienda y cuándo debe presentarse?

El modelo 347 es una declaración informativa para Hacienda de carácter anual que se presenta en el mes de febrero. Con este modelo informaremos a la AEAT de las operaciones que hayamos realizado con terceros a lo largo del ejercicio fiscal anterior. De esta forma Hacienda puede cruzar los datos informados de las operaciones económicas llevadas a cabo entre clientes y proveedores.

El plazo para presentar el modelo 347 va desde el 1 de febrero al 28 de febrero del año siguiente al del ejercicio fiscal al que se refiere. Por tanto, disponemos de un mes para presentar el modelo 347 e informar a Hacienda de nuestras operaciones con terceros.

Este modelo informativo 347 sirve para que Hacienda esté informada de las ventas y las compras que ha realizado nuestro negocio por importe superior a 3.005,06 € en el ejercicio anterior. Para ello se deben computar de manera separada las adquisiciones y las entregas de bienes y servicios de la empresa.

el modelo 347

Por tanto, el motivo de la declaración informativa mediante el modelo 347 es el cruce de datos por parte de la Agencia Tributaria, para comprobar los importes declarados tanto por el emisor de las facturas como por el receptor de las mismas. En el modelo 347 no sólo se informa de la cantidad total de las operaciones sino también del importe trimestral de las mismas. Esto hace que Hacienda tenga la información de la distribución trimestral de las operaciones realizadas, con lo que en caso de no haber sido declaradas en la fecha de factura por ambas partes, puede dar lugar a acciones de comprobación por parte de la Administración.

¿Quién debe presentar el modelo 347 ante Hacienda?

El modelo 347 es una declaración informativa de carácter anual, la cual están obligadas a presentar aquellas personas tanto físicas como jurídicas, que dentro del desarrollo de su actividad profesional o empresarial, facturen o les facturen operaciones cuya suma supere los 3.005,06 €.

¿Quién no está obligado a presentar el modelo 347?

Hay empresas y autónomos que están exentos de la obligación de presentar el modelo 347 ante Hacienda. Estos son:

  • Aquellas personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen en estimación objetiva (módulos) y a efectos de IVA tributen por el régimen simplificado de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia (salvo operaciones excluidas de la aplicación de estos regímenes). 
  • Quienes hayan realizado operaciones con terceros por un cómputo inferior a 3.005,06 euros anuales.
  • Aquellas personas físicas o jurídicas cuyo domicilio fiscal, sede de la actividad o establecimiento permanente se encuentre fuera de España.

¿Qué operaciones deben incluirse en el modelo 347?

Como hemos dicho anteriormente, en el modelo 347 debemos de informar de todas las operaciones de compra y venta cuya suma en todo el ejercicio anterior supere los 3.005,06€. A continuación desglosamos el tipo de operaciones que debemos declarar en este modelo:

  • Entregas y adquisiciones tanto de bienes como de servicios, independientemente de estar o no sujetas a IVA, y exentas o no de dicho impuesto.
  • Operaciones inmobiliarias.
  • Subvenciones y ayudas, que no tengan que ser devueltas.
  • Operaciones de entidades aseguradoras.
  • Anticipos de clientes y proveedores.
  • Arrendamientos siempre que no estén sujetos a retención.

¿Cómo debe presentarse el modelo 347 ante Hacienda?

Como ya hemos contado en anteriores artículos las personas jurídicas, ya sean autónomos o empresas, están obligados a comunicarse con la Administración de forma telemática. Por eso, la presentación del modelo 347 debe llevarse a cabo de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Se podrá hacer mediante certificado digital, DNI electrónico o clave PIN.

En concreto el modelo 347 tiene tres apartados para su cumplimentación:

  1. El resumen de datos: donde se recogen los datos del declarante, el ejercicio al que se refiere,  el número de clientes y proveedores con los que se han realizado operaciones por valor superior a 3.005,06€ y el importe total de las operaciones entre otros datos.
  2. La relación de declarados donde se identifica a los proveedores y clientes con los que se han llevado a cabo compras y ventas por valor superior a la cifra comentada anteriormente.
  3. La relación de inmuebles alquilados por importe superior también a esa cifra.

Así que, si tienes un negocio, ya seas autónomo o empresa, y has realizado operaciones con proveedores por importe superior a 3.005,06€, ya sabes que este mes te toca presentar el modelo 347 para informar de ellas a Hacienda. Si no sabes cómo hacerlo y necesitas una gestoría de confianza que te ayude con este tipo de trámites puedes ponerte en contacto con nosotros mediante el siguiente formulario:

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