Claves para fraccionar el IVA y otras autoliquidaciones

Claves para fraccionar el IVA y otras autoliquidaciones

Si has llegado hasta aquí probablemente sea porque estás pensando fraccionar el IVA u otros pagos a Hacienda. En otro post ya hablamos de los cambios en los fraccionamientos de las deudas con Hacienda y en este te contamos las claves que debes tener en cuenta si estás pensando en pagar a plazos tus autoliquidaciones como pueden ser el IVA o el IRPF.

Y es que según una orden ministerial de la Agencia Tributaria, a partir del 15 de abril de 2023, y sin efectos retroactivos, se ampliará el límite exento de la obligación de aportar garantías en el momento de solicitar los fraccionamientos de las autoliquidaciones, pasando de los actuales 30.000,00 € a 50.000,00 €. 

Claves para fraccionar el IVA y otras autoliquidaciones

Deberás tenerlo en cuenta, pues al no ser con efectos retroactivos, todas aquellas solicitudes que sean presentadas con anterioridad al día 15 de abril, quedarán dentro del límite de 30.000,00 €. Aspecto este importante, pues el periodo voluntario de presentar las autoliquidaciones comienza el día 1 de abril y finaliza el día 20 de dicho mes. Si por error o por falta de planificación e información, se presenta antes de la fecha de efectos, podemos ver cómo se nos deniega el fraccionamiento en caso de superar el límite de los 30.000,00 €. Por eso ojo, si sabes o crees que superarás esta cantidad, debes de presentar la solicitud a partir del día 15 de abril.

Eso sí, recuerda que no todas las autoliquidaciones pueden fraccionarse, solo aquellas que no sean retenciones o pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades. A modo informativo, las autoliquidaciones que pueden ser objeto de fraccionamiento son:

  • Modelos 130/131, pago fraccionado sobre la Renta de las Personas Físicas, para estimaciones directas y estimaciones objetivas.
  • Modelo 303, IVA (Impuesto Valor Añadido).
  • Modelo 200, Impuesto sobre Sociedades.

Y aquellas que no pueden ser fraccionadas:

  • Modelo 111, correspondiente a las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, por rendimientos el trabajo y actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Básicamente retenciones realizadas a trabajadores y profesionales.
  • Modelo 115, correspondiente a las retenciones realizadas en el pago de arrendamientos. Actualmente, se retiene el 19% sobre la base imponible del arrendamiento.
  • Modelo 202, correspondiente al pago a cuenta el Impuesto de Sociedades.

En caso de mantener deudas con la Agencia Tributaria en periodo ejecutivo, también será de aplicación el aumento del límite en caso del fraccionamiento de estas.

Aquellos tributos estatales cedidos a las comunidades autónomas, también se verán afectados por esta modificación.

Esperamos que esta información te haya servido de ayuda si estás pensando en fraccionar el IVA o alguno de tus pagos a Hacienda. En Confislab llevamos a cabo estos trámites para muchos de nuestros clientes y también podemos ayudarte si eres autónomo o tienes una empresa. Para ello puedes solicitar información rellenando el siguiente formulario:

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