El control de Hacienda sobre los movimientos bancarios (caso práctico)

El control de Hacienda sobre los movimientos bancarios (caso práctico)

Como hemos expuesto en otras ocasiones, la Agencia Tributaria cada vez dispone de más datos de nuestras acciones, ya sea porque son comunicadas por nosotros de forma directa, comunicadas por terceros como bancos, notarias, etc. o recabados por la propia Administración dentro de sus funciones de gestión y control. 

Hemos de ser conscientes de la importancia que tiene tener controlados nuestros ingresos y todos los movimientos bancarios. Para ver la importancia que tiene el control de los datos y la imagen que damos a la administración, esta vez vamos a exponer un caso práctico y real.

Supongamos una pareja, que hacen vida en común y tienen cada uno de ellos dos cuentas bancarias. Uno de ellos es trabajador por cuenta ajena, teniendo un ingreso recurrente de forma mensual. El otro integrante de la pareja tiene una actividad por cuenta propia, teniendo ingresos de forma diaria por el cobro de sus servicios.

Tienen dos cuentas bancarias destinadas cada una de ellas a recibir sus ingresos, una para los ingresos recurrentes del trabajo por cuenta propia y otra para el desarrollo de la actividad empresarial, siendo las otras dos cuentas bancarias destinadas una de ellas al ahorro y otra al pago de los gastos de la unidad familiar.

En un año tienen los siguientes movimientos bancarios:

control de los movimientos bancarios por hacienda

Con este ejemplo, podríamos pensar que tenemos nuestros ingresos justificados, ya que provienen en un caso del ingreso de una empresa por una relación laboral y en el otro caso del ingreso por la realización de servicios empresariales mediante transferencias o pago con tarjetas. 

Pues bien, para la Agencia Tributaria, sólo tendríamos justificados 89.000 € de los 119.000 € que han sido ingresados en las cuentas bancarias. Ya que los distintos bancos, comunicarán a la Administración las entradas en las cuentas bancarias y no el origen de las mismas, por lo que los traspasos entre sus propias cuentas serán considerados como ingresos, lo que podrá hacer saltar la alarma del fisco, ya que con unos ingresos declarados de 89.000 € han entrado en las cuentas bancarias un total de 119.000 €

Increíble pero cierto. Esto provocará que se deba de justificar los traspasos entre las cuentas bancarias, acreditando la interrelación de todas las cuentas y que los mismos sólo obedecen a un movimiento interno de capital por motivo de conveniencia, liquidez, etc.

Se ha llegado a solicitar justificación, incluso de aquellos ingresos realizados por la plataforma Bizum, con motivo del pago entre amigos de una comida. ¿Quién no ha pagado una reunión entre amigos con su tarjeta y luego estos le han pagado su parte? Antes era en efectivo, ahora en muchas ocasiones se hace a través de Bizum. O, incluso ¿quién no comparte plataformas digitales como Netflix y luego se comparte el pago mediante el ingreso de la parte que te corresponda en la cuenta de tu amigo o familiar? Bien, pues ya metidos en comprobaciones, la Agencia Tributaria solicitará justificación de los mismos.

La consecuencia que tiene esta interpretación por parte de la Agencia Tributaria no es banal ni gratuita. Todo aquel movimiento que no sea justificado será considerado como incremento patrimonial, debiendo tributar por el mismo en la correspondiente declaración de la RENTA.

Desde Confislab, como expertos en fiscalidad, te aconsejamos que lleves un control sobre los movimientos entre tus cuentas bancarias y que seas consciente de la obligación que podemos tener en un futuro de justificar todos y cada uno de nuestros movimientos bancarios.