07 Mar Nuevas medidas de vigilancia de Hacienda a Pymes y autónomos
Vamos a hablar en este artículo de las nuevas medidas de vigilancia por parte de Hacienda a Pymes y autónomos para evitar la conocida como economía sumergida. De todos es sabido de la existencia de la llamada economía sumergida provocada, entre otras, por aquellas actividades realizadas sin cumplir con las obligaciones fiscales y con las cotizaciones a la Seguridad Social. Esta economía sumergida se puede dar por la ocultación total de la actividad desarrollada, o bien por la ocultación parcial de la misma o de los ingresos de esta.
Según la CEOE, Confederación Española de Organizaciones Empresariales, a finales del ejercicio pasado, la economía sumergida suponía en España un 24% sobre el PIB (Producto Interior Bruto), muy por encima de la media existente en la Unión Europea, que no supera el 13%.
El pasado día 27 de febrero, se publicó la Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Pública (AEAT), por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.
El objetivo de este plan es intensificar la vigilancia de Hacienda sobre los autónomos y pequeñas empresas. En concreto, para aquellas cuyas actividades estén en los sectores que a criterio de la AEAT existen ingresos no declarados, y por lo tanto se está produciendo un daño a la recaudación fiscal.
Aspectos que se revisarán en la vigilancia de Hacienda a Pymes y Autónomos
Aquellos aspectos que harán que la Agencia Tributaria intensifique su vigilancia serán:
- Si la actividad se realiza directamente contra el consumidor final, al generarse una falta de capacidad de controlar por parte de la Administración los ingresos que se puedan generar.
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- No entendamos como tales, solo aquellas actividades de comercio al consumidor final, como puede ser un comercio de panadería, una cafetería, etc. en este colectivo también están aquellas actividades de albañilería, fontanería y similares, que trabajan para el particular. A estas últimas se hace referencia en el propio Plan como actuaciones prioritarias.
- Medios de pagos bancarios.
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- No tener ingresos mediante datáfono, transferencias o cualquier otro medio que pudiera existir. Ya que, en este caso todos los ingresos de la actividad serian en efectivo, por lo que para la AEAT existe un alto riesgo de no declarar todo aquello que se perciba.
- Solo tener ingresos mediante medios bancarios, es decir, la inexistencia de ingresos en efectivo. Es muy extraño que una empresa no cobre nada en efectivo, lo que de nuevo generaría para la AEAT una imagen de alto riesgo de no estar declarando todos los ingresos generados por la actividad.
- La existencia de signos de riqueza y los ingresos declarados.
- La Administración controlará que el patrimonio del contribuyente esté en consonancia con los ingresos y rendimientos declarados por el mismo. Pudiendo generar discrepancias la tenencia de vehículos de alta gama, inmuebles, etc. que no se ajusten a los rendimientos declarados.
- No solo el patrimonio puede ser objeto de discrepancia, también la tenencia de ciertos productos bancarios, como tarjetas de crédito con límites no coherentes para el nivel de renta del contribuyente.
Otras acciones de vigilancia de Hacienda a Pymes y autónomos
Además de las prioridades de comprobación de los aspectos expuestos anteriormente, se marca el refuerzo de las actuaciones en aquellos titulares de actividades económicas que hacen uso de los denominados pagos virtuales, y específicamente con el empleo de métodos electrónicos de pago radicados en el extranjero a través de entidades que no participan de las obligaciones nacionales de suministro de información.
Se da un nuevo paso en el marco de la nueva normativa sobre prohibición del software de ocultación de ventas, desplegándose planes específicos enfocados a la identificación de las herramientas de software de gestión y contabilidad utilizadas por comercios y empresas, así como a verificar la consistencia de los programas informáticos con la normativa de aplicación.
Aunque no es una novedad, pues antiguamente era una práctica usual por parte de la AEAT, mediante este nuevo Plan Anual se recupera la presencia de inspectores en la calle. De esta manera, como hasta la fecha sucedía con la Inspección de Trabajo, Sanidad, etc., nos podremos encontrar ante la inspección de forma presencial por parte de inspectores de la Agencia Tributaria.
Por último, comentar que debemos tener en cuenta otro aspecto que incluye el Plan y del que deberemos de esperar a su desarrollo real, que es el que la AEAT tendrá en cuenta el historial de incumplimientos por parte del contribuyente.
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