Ventajas fiscales de la Comunidad de Madrid

Ventajas fiscales de la Comunidad de Madrid

Ventajas fiscales de la Comunidad de Madrid

2019 nos trae una gran cantidad de cambios en el ámbito fiscal para los habitantes de la comunidad de Madrid. Estas modificaciones afectan principalmente a los impuestos de sucesiones y donaciones; a los de transmisiones de tipo patrimonial y al impuesto sobre la renta de las personas físicas.

El proyecto de Ley fue aprobado en el congreso con los partidos PP y Ciudadanos a favor del mismo y PSOE y Podemos en contra. Las medidas contempladas tratan de reducir el IRPF autonómico del 9,5% al 9% y aumentar la bonificación del impuesto de sucesiones y donaciones un 15% para hermanos y del 10% para tíos y sobrinos. Detallamos estos cambios con mayor detalle más adelante.

Impuestos en la Comunidad de Madrid

Impuestos en la Comunidad de Madrid

EL gobierno confía en que estos cambios sobre el ámbito fiscal de la comunidad de Madrid beneficien a un total de 210.400 contribuyentes madrileños. Suponiendo para estos un ahorro de casi 50 millones de euros, ya vigentes en la declaración de la Renta del pasado año 2018.

Impuesto de sucesiones y donaciones

Ante el impuesto de sucesiones y donaciones, se darán nuevas ventajas por consanguinidad entre hermanos, tíos y sobrinos. Manteniendo la normativa que se aplicaba con anterioridad, con un límite de 250.000 euros la reducción es del 100% de la donación monetaria. Siendo beneficiarios abuelos, padres, hijos, nietos ó cónyuges; las donaciones para las distintas adquisiciones mencionadas a continuación.

  • Viviendas
  • Acciones y participaciones sociales
  • Poderes sobre bienes, servicios y/o derechos sobre empresas o sociedades no lucrativas.

También se verá afectado el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, con una bonificación del 10% en la cuota sobre la adquisición de viviendas habituales. Para este caso contaremos con una persona física como comprador y que el valor del inmueble no supere los 250.000 euros. Además la vivienda debe quedar habitable en un plazo de un año desde el momento de su adquisición y con un máximo de tres años de duración.

 

Ahorrar en la Comunidad de Madrid

Ahorrar en la Comunidad de Madrid

Impuesto sobre la renta

En cuanto al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) los cambios empiezan por la deducción sobre los gastos de escolarización de menores entre cero y tres años de edad que estén matriculados en su primer curso de educación infantil. Un 15% en instituciones privadas con un límite de 1.000 euros por hijo, deducciones del 20% con máximo de 400 euros por círculo familiar y un 30% con máximo de 500 euros para familias numerosas. Este gasto de cotización sobre la seguridad social constituye un fondo para cubrir la contratación de personal para cuidar de menores de hasta tres años de edad.

En cuanto al impuesto referido sobre los jóvenes, el principal cambio ha sido la deducción monetaria sobre los arrendamientos de viviendas individuales. Pasando a ser de un 30% de la renta y sobre un máximo de 1000 euros. También se ha ampliado el rango de beneficiarios hasta los 40 años de edad siempre y cuando estos sufran una situación de desempleo y/o que tengan cargas de índole familiar.

 

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