10 Mar 9 Claves para tramitar una herencia correctamente
Desgraciadamente, debido a la pandemia del Covid-19 muchas han sido las familias que han perdido algún familiar de forma repentina y no saben muy bien cómo tramitar una herencia. Si has llegado hasta aquí seguramente es porque, desgraciadamente, acabas de perder a un ser querido y tienes que lidiar con todos los trámites para cobrar la herencia que te corresponde legítimamente.
En los momentos tan difíciles tras la muerte de un familiar, comienzan una serie de obligaciones que debemos de tener en cuenta para cumplir con la normativa vigente y cobrar la herencia en el menor tiempo y con el mínimo impacto fiscal posible. El cumplimiento de las gestiones para cobrar una herencia no es fácil. A continuación vamos a sintetizar en nueve puntos las claves para tramitar una herencia correctamente:
1. Gestión de los certificados para una herencia
Lo primero que debemos hacer a la hora de gestionar una herencia es obtener todos los certificados necesarios:
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades. Importante para verificar la existencia o no del testamento.
- Certificado de seguros con coberturas por fallecimiento.
2. Localización y solicitud del testamento
A la hora de localizar y recuperar el testamento de una herencia existen dos posibilidades, una que existan uno o varios testamentos o bien la inexistencia del mismo.
Para confirmar los testamentos existentes, usaremos el certificado de últimas voluntades, el cual nos dará la siguiente información:
- Verificación de la inexistencia del testamento.
- Verificación de la existencia del testamento, de la existencia de variaciones en el testamento, y del notario ante los que se otorgaron.
Si existe testamento se deberá solicitar copia autorizada ante el notario que se firmó el último testamento, para ello uno de los herederos deberá de solicitarlo ante la notaria en cuestión, aportando su DNI, certificado literal de defunción y el comentado certificado de últimas voluntades.
En caso de que el difunto no hubiese hecho testamento, se deberá iniciar el acta de herederos de forma previa a la adjudicación de la herencia.
3. Hacer un inventario de la herencia
En este punto es cuando se deben localizar todos los bienes y derechos de los que era titular el fallecido.
Al igual que los bienes también se debe confirmar las deudas que tuviera aún vigentes el difunto en el momento de su fallecimiento.
Es importante en este paso que se acredite de manera documental, mediante notas simples, certificados bancarios, etc.
4. Donaciones previas a la liquidación de la herencia
Debemos confirmar si se hicieron donaciones en vida del fallecido hacia alguno de lo herederos. En el caso de que existan estas donaciones, se deberá verificar si han sido con carácter colacionable o bien no colacionable, es decir, si deben de ser descontadas de la herencia de dicho heredero o no.
5. Valoración de la herencia o caudal hereditario
Una vez localizados los bienes, derechos y las posibles deudas, así como verificada la existencia o no de donaciones previas, se debe de valorar cada uno de los elementos que formen parte del caudal hereditario.
- Los saldos bancarios, acciones y otros derechos, serán valorados según la información facilitada por las entidades financieras.
- Los inmuebles normalmente serán valorados siguiendo criterios fiscales, según el valor de mercado, el valor de compra y el uso posterior de los mismos.
- Otros bienes deberán ser valorados según acuerdo de los herederos. Si los herederos no llegasen a un acuerdo en las valoraciones, tanto para de los inmuebles como del resto de bienes, se puede recurrir a un perito externo que determinará su valor.
6. Adjudicación de la herencia
Y aquí llega el momento en el que se reparte la herencia entre los diferentes herederos. En caso de existir cónyuge superviviente, se debe tener en cuenta que se genera un derecho de usufructo a favor del mismo. Este derecho, es del uso y disfrute establecido legalmente o bien previsto en el testamento, en caso de haberlo.
7. Liquidación del Impuesto de Sucesiones en una herencia
Una vez formalizada la herencia ante notario, se deberá liquidar el Impuesto de Sucesiones, siendo el plazo para dicha liquidación de seis meses desde la fecha de fallecimiento del causante. La cuota resultante puede ser fraccionada o aplazada, siempre teniendo en cuenta el ámbito territorial del impuesto.
8. Impuesto municipal de plusvalía sobre la herencia
Igualmente en el plazo de seis meses se deberá de abonar la plusvalía. Si no fuese posible cumplir con este plazo, normalmente los ayuntamientos admiten la prórroga de seis meses más. El pago, dependiendo de cada ayuntamiento, puede ser fraccionado o aplazado.
9. Registro de los inmuebles en una herencia
Si en la herencia estuviesen incluidos bienes inmuebles, las escrituras de herencia deberán ser depositadas en los aquellos registros de la propiedad que correspondan, según la ubicación de dichos inmuebles. De esta manera quedará modificada la titularidad de los mismos.
Si, desgraciadamente te encuentras en la situación de haber perdido un familiar del cual eres heredero puede ser que te encuentres en un mar de dudas sobre cómo llevar a cabo los trámites para cobrar la herencia. En ese caso te recomendamos que acudas a una empresa experta en gestión de herencias.
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