¿Por qué no se puede pactar un despido entre empresa y trabajador?

¿Por qué no se puede pactar un despido entre empresa y trabajador?

En el día a día de la gestión laboral de cualquier empresa, surgen situaciones complejas relacionadas con la contratación y la finalización de las relaciones laborales. Una de las dudas más comunes que nos plantean empresarios y autónomos es si se puede “pactar” un despido con el trabajador para facilitar trámites o favorecer el acceso a prestaciones. Aunque pueda parecer una solución sencilla y consensuada, lo cierto es que se trata de una práctica fraudulenta con graves consecuencias legales y económicas.

En este artículo desde Confislab, asesoría especializada en el ámbito contable, fiscal y laboral, te explicamos de forma clara por qué no es posible pactar un despido y cuáles son las alternativas legales que sí puedes valorar.

por qué no se puede pactar un despido

Contexto: qué significa pactar un despido

Cuando hablamos de “pactar un despido”, nos referimos a un acuerdo entre empresa y trabajador en el que, de manera ficticia, se simula un despido para que la persona trabajadora pueda acceder a la prestación por desempleo. En la práctica, ni existe causa real de despido ni el empresario actúa de forma unilateral, sino que ambas partes están de acuerdo en aparentar una situación que en realidad no se corresponde con la normativa.

Aunque a simple vista pueda parecer un arreglo sin mayores riesgos, la legislación laboral española lo considera fraude a la Seguridad Social y por tanto lo sanciona de manera contundente.

La normativa: lo que dice la LISOS

El artículo 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, que regula la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), es muy claro:

Se consideran prácticas fraudulentas tanto la connivencia entre empresa y trabajador para obtener prestaciones indebidas, como la simulación de relaciones laborales con ese mismo fin

Consecuencias de pactar un despido

Las sanciones pueden ser muy elevadas y afectar tanto a la empresa como al trabajador:

  • Multas de hasta 225.018 euros, dependiendo de la gravedad del fraude.
  • Devolución de todas las prestaciones indebidas que el trabajador hubiera cobrado.
  • Posibles actuaciones adicionales de la Inspección de Trabajo, cuyo objetivo principal es detectar y sancionar este tipo de fraudes en la contratación y extinción de contratos.

Además, este tipo de prácticas dañan la reputación de la empresa y pueden complicar futuras relaciones con la administración laboral y de la Seguridad Social.

Alternativas legales para finalizar una relación laboral

Si un empresario o autónomo necesita poner fin a la relación con un trabajador, existen mecanismos legales y transparentes que se deben utilizar:

  • Despido objetivo o disciplinario, en función de las circunstancias.
  • Extinción del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, siempre con el procedimiento adecuado.
  • Baja voluntaria o mutuo acuerdo, que también tienen su propio marco legal.

En todos los casos, lo recomendable es contar con asesoramiento especializado para garantizar que el procedimiento se ajusta a la normativa y evitar sanciones innecesarias.

En definitiva, pactar un despido nunca es una opción legal en España. Aunque a corto plazo pueda parecer una salida fácil, los riesgos superan con creces cualquier aparente beneficio. La ley es clara y las sanciones son muy severas tanto para la empresa como para el trabajador.

En Confislab estamos especializados en asesoría laboral, contable y fiscal y podemos ayudarte a gestionar de forma legal y segura cualquier situación relacionada con tus trabajadores.

Si tienes dudas sobre cómo extinguir un contrato o necesitas asesoramiento laboral personalizado, ponte en contacto con nosotros y te acompañaremos en todo el proceso.

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