24 Nov Cuotas Seguridad Social ¿Por qué se pagan?
Un término muy utilizado dentro del ámbito laboral es el de las cuotas de la Seguridad Social, pero es cierto que mucha gente no sabe lo que son realmente y, sobre todo, por qué o para qué se pagan cuotas a la Seguridad Social.
En este artículo vamos a intentar explicar de la forma más clara posible qué son las cotizaciones a la Seguridad Social, quién las paga, por qué conceptos y también de qué depende su importe. Pero antes, debemos aclarar también qué es la Seguridad Social y para qué sirve.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
- ¿Qué es la Seguridad Social?
- ¿Quién paga las cuotas a la Seguridad Social y cuándo se pagan?
- ¿Por qué se pagan y para qué las cuotas de la Seguridad Social?
- ¿De qué depende el importe de las cuotas a la seguridad social?
- Porcentajes de cotización a la Seguridad Social
- ¿Los autónomos tienen que pagar cuotas a la Seguridad Social?
¿Qué es la Seguridad Social?
La Seguridad Social en España es el sistema público que se encarga de proveer a los ciudadanos de una serie de prestaciones sociales que tienen que ver con la salud, el desempleo, las pensiones, la formación profesional y cualquier otro ámbito relacionado con el bienestar de las personas residentes en España.
El nacimiento de la Seguridad Social se remonta al año 1900, cuando se creó el primer seguro social, la Ley de Accidentes de Trabajo. Y en 1908 aparecería el Instituto Nacional de Previsión que fue el germen de lo que se conoce ahora como Instituto Nacional de la Seguridad Social.
¿Quién paga las cuotas a la Seguridad Social y cuándo se pagan?
La Seguridad Social tiene diversas vías de financiación pero la más importante es la que obtiene a través de las cuotas de cotización. Estas cuotas son aportadas por las empresas y por los trabajadores. Todos los trabajadores tienen la obligación de cotizar al Régimen General de la Seguridad Social mediante el abono de una cuota mensual que le será restada de su nómina o salario.
A su vez, las empresas también deben aportar una cuota de cotización a la Seguridad Social por cada uno de los trabajadores que tengan contratados. El empresario es el responsable del pago de las cotizaciones y por tanto, debe ingresar cada mes tanto las aportaciones de la empresa como las de los trabajadores.
Por tanto, el obligado al ingreso de las cotizaciones tanto propias como delegadas, es la empresa, debiendo ingresar las mismas en el mes inmediatamente siguiente al devengo de las percepciones. Esto quiere decir que, por ejemplo, las cuotas de noviembre deben ser ingresadas en el mes de diciembre, siendo la fecha de pago el último día hábil de cada mes.
¿Por qué se pagan y para qué las cuotas de la Seguridad Social?
Los pagos mensuales que se realizan en concepto de seguridad social abarcan distintos conceptos, y tienen como objetivo cubrir distintas contingencias y prestaciones:
Contingencias Comunes
La cantidad que se abona en concepto de contingencias comunes cubre las prestaciones y asistencia motivada por enfermedades comunes o accidentes cuyo origen no sea el desarrollo del trabajo, por maternidad y paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia y jubilación.
Contingencias profesionales
La cantidad abonada en concepto de contingencias profesionales, están destinadas a cubrir las prestaciones y asistencias provocadas por accidentes de trabajo y enfermedades derivadas por la realización de la actividad laboral.
Prestaciones por desempleo
La cantidad abonada en concepto de desempleo cubre el pago de la prestación contributiva por este concepto.
Fondo de Garantía Salarial
La cantidad abonada en concepto de Fondo de Garantía Salarial, cubrirá el pago de salarios, sujeto a cantidades máximas, en caso de impago del empresario.
Formación profesional
La cantidad abonada en concepto de formación profesional, se destina para cubrir la formación de los trabajadores. Con esta cantidad, se genera un crédito formativo a disposición de la empresa para emplearla en la formación de sus empleados, dicha cantidad variará dependiendo del número de trabajadores y cotizaciones realizadas por los mismos.
Como decíamos antes, estas cantidades son abonadas a la Seguridad Social de la siguiente forma:
- Las aportaciones empresariales, pago realizado directamente por la empresa.
- Las aportaciones obreras, pago realizado por la empresa de forma delegada, ya que se descuenta de la nómina de cada trabajador.
Las cotizaciones se calculan aplicando los diferentes porcentajes establecidos, sobre la base de cotización del trabajador, la cual viene dada por el sumatorio de las retribuciones mensuales que tenga derecho a percibir el trabajador, la parte proporcional de las pagas extraordinarias (prorrateo mensual) y demás percepciones de vencimiento superior al mensual o que no tengan carácter periódico y se abonen en el ejercicio.
Debemos tener en cuenta, que cada ejercicio se establecen unas bases máximas y mínimas para la cotización.
Porcentajes de cotización a la Seguridad Social
Los porcentajes a aplicar dependiendo el concepto son los siguientes:
CONTINGENCIAS SEGURIDAD SOCIAL | |||
Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
Contingencias Comunes | 23,60 | 4,70 | 28,30 |
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales | Tarifa Primas Disposición adicional cuarta, Ley 42/2006 de 28 de diciembre – P.G.E. 2007, en la redacción dada por la D.F. 5ª, del R.D.L. 28/2018 de 28/12/2018 | No cotiza |
OTROS CONCEPTOS RECAUDACIÓN CONJUNTA | ||||
Concepto | Empresa | Trabajador | Total | |
Desempleo | Tipo general | 5,50 | 1,55 | 7,05 |
Contrato duración determinada Tiempo completo | 6,70 | 1,60 | 8,30 | |
Contrato duración determinada Tiempo parcial | 6,70 | 1,60 | 8,30 | |
Fondo Garantía Salarial | 0,20 | No cotiza | 0,20 | |
Formación Profesional | 0,60 | 0,10 | 0,70 |
COTIZACIÓN ADICIONAL HORAS EXTRAORDINARIAS | ||||
Concepto | Empresa | Trabajador | Total | |
Cotización adicional horas extraordinarias | Horas extraordinarias fuerza mayor | 12 | 2 | 14 |
Resto horas extraordinarias | 23,60 | 4,70 | 28,30 |
¿Los autónomos tienen que pagar cuotas a la Seguridad Social?
Los trabajadores autónomos también tienen obligación de cotizar e ingresar sus cuotas en el Régimen General de la Seguridad Social. En este caso las cotizaciones básicamente funcionan de la siguiente manera:
- Las cuotas son mensuales.
- Se abonan en el mes cotizado, el último día hábil de cada mes. En este caso las cotizaciones de noviembre se ingresarán el último día hábil de dicho mes.
- En el ejercicio 2020, las cotizaciones vienen dadas por la aplicación de los siguientes porcentajes sobre la base de cotización:
Contingencias comunes ⇒ 28,30 %
Contingencias profesionales ⇒ 1,1 %
Cese de actividad ⇒ 0,8 %
Formación profesional ⇒ 0,1 %
- La base de cotización será la optada por el trabajador autónomo dentro de la horquilla existente entre la base mínima y la máxima, siempre teniendo en cuenta las restricciones por edad establecidas para la elección de bases.
Como ves, el pago de las cuotas a la Seguridad Social es importante para poder mantener las prestaciones sociales requeridas por los ciudadanos. Además, son las empresas y autónomos las que deben recaudar dichas cuotas en la cantidad y plazos establecidos.
Por eso, desde Confislab asesoramos a nuestros clientes para cumplir con sus obligaciones de pago y evitar así posibles sanciones. Si eres autónomo o tienes empresa y necesitas asesoramiento en este o cualquier otro ámbito ponte en contacto con nosotros.