Nuevas medidas para incentivar la contratación laboral

Nuevas medidas para incentivar la contratación laboral

El pasado 1 de septiembre entraron en vigor una serie de medidas para incentivar la contratación laboral. Son las medidas establecidas en el Real Decreto Ley 1/2023, de 10 de enero. Aunque en dicho Real Decreto, hay varias novedades, queremos destacar las siguientes:

Personas trabajadoras sustituidas por nacimiento, adopción o acogimiento

Para los contratos de personas trabajadoras que sean sustituidas durante los periodos de descanso por nacimiento, adopción y acogimiento, o cuyo contrato sea suspendido por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural:

    • Quedan derogadas las bonificaciones del 100 % de las cuotas empresariales a la Seguridad Social y se sustituye por una cantidad fija.
    • A partir de ahora, para tener derecho a la bonificación, los contratos de sustitución deberán celebrarse con personas jóvenes desempleadas, que sean menores de 30 años en el momento de formalización del mismo.
    • La bonificación comentada anteriormente será de 366,00 € mensuales, siendo la duración de dicha bonificación aquel periodo en el que coincidan el contrato de sustitución y la correspondiente prestación de la persona empleada sustituida.

medidas para incentivar la contratación laboral

Trabajadoras en riesgo por embarazo o lactancia natural

Para aquellas trabajadoras, que sean cambiadas de puesto de trabajo, motivado el mismo por su situación de riesgo por embarazo o lactancia natural, se les aplicará la bonificación de 138 € mensuales sobre las cuotas devengadas durante el periodo que estén en el nuevo puesto. Esta situación, deberá ser acreditada por la empresa mediante el correspondiente informe que deberá dar origen la evaluación de riesgos.

Personas cambiadas de puesto por enfermedad profesional

También se establecen bonificaciones en las cuotas de las personas empleadas, que sean cambiadas de puesto de trabajo por motivos de enfermedad profesional. En este caso, la situación deberá ser acreditada mediante la certificación del correspondiente equipo de valoración de incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social y mediante la constatación de la compatibilidad del nuevo puesto de trabajo por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Personas desempleadas de larga duración

Para las contrataciones indefinidas de personas desempleadas de larga duración, se establece una bonificación mayor cuando la persona contratada es mujer, pasando la cantidad a 128 € mensuales en vez de los 110 € establecidos, esta bonificación se extiende también a la contratación de personas que tengan 45 o más años.

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