08 Sep Nueva oportunidad para adecuar la base de cotización
A la vuelta de vacaciones los trabajadores autónomos tienen una nueva oportunidad de adecuar su base de cotización, para adecuar la misma a las necesidades y expectativas planteadas para futuras prestaciones.
La solicitud de modificación deberá realizarse antes del día 1 de noviembre del presente año, teniendo efectos dicha modificación el día 1 de enero de 2017.
A modo de ejemplo exponemos la siguiente escala:
Base de cotización €/mes | Tipo de Cotización contigencias comunes cobertura IT | Cuota a pagar €/mes |
---|---|---|
893,10 – mínima durante el ejercicio 2016 – |
29,90 % | 267,03 |
963,30 mínima para trabajadores de 48 o más a 01-01-2016, salvo excepciones |
29,90 % | 288,02 |
1.000 | 29,90 % | 299 |
1.500 | 29,90 % | 448,50 |
1.964,70 máxima para trabajadores de 47, 48 años o más, salvo excepciones |
29,90 % | 587,44 |
3.642,00 – máxima en 2016 – |
29,90 % | 1.088,95 |
Con el mismo límite temporal, 1 de noviembre de 2016, podrán optar por el incremento automático anual de la base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten en cada ejercicio las bases máximas de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, debiendo presentar la correspondiente solicitud.
La opción de cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) y de protección por cese de actividad, deberá realizarse antes del día 1 de octubre.
Se debe tener en cuenta que tanto la cuantía de la futura jubilación como del resto de prestaciones a las que pueden tener derecho los trabajadores autónomos, es proporcional a la base de cotización que mantenga el mismo en los periodos exigidos normativamente para cada una de ellas. Es por ello que consideramos importante reflexionar sobre la base de cotización que se tiene actualmente, edad del trabajador autónomo y capacidad de pago del mismo para poder prever los posibles derechos del mismo y las
modificaciones que en su beneficio pudieran realizarse.