16 May Nueva esperanza para los trabajadores autónomos societarios
En estas épocas de crisis económica generalizada, una de las principales prioridades del gobierno es el impulso del empleo, para ello a tomado medidas para impulsar el autoempleo.
La medida estrella fue la tarifa plana, una de las más importantes que se han aprobado, según los datos de fuentes oficiales, se han acogido a la misma más de 630.000 nuevos autónomos.
La tarifa plana consiste en una rebaja en la cuota a pagar por los trabajadores autónomos, quedando la misma de la siguiente forma:
- Los primeros 6 meses, se paga la cuantía fija de 54€.
- Del mes 7 al 12, una reducción del 50% .
- Del mes 13 al 15: una reducción del 30% .
- Del mes 16 al 18: una reducción del 30%.
- Del mes 19 al 30: una reducción del 30%, esta reducción adicional solo es aplicable a los trabajadores menores de 30 años y las trabajadoras menores de 35 años.
Bien, aunque extraño y poco lógico para el autoempleo, esta tarifa plana fue negada a los trabajadores autónomos societarios, es decir, para aquellos autónomos que lo son por su condición de socios o administradores en una sociedad.
Tras un largo camino judicialmente hablando, la justicia ha reconocido el derecho a estos de aplicarse dicha tarifa plana, al haberse producido sentencias favorables a dicho reconocimiento del TSJ de Galicia y Madrid, contradiciendo así las directrices internas de la Tesorería General de la Seguridad Social y la resolución administrativa dictada por la Administración de la Seguridad Social.
Por las mismas, si un ciudadano se ha dado de alta como autónomo societario en fecha posterior al día 24 de febrero de 2013, podrá solicitar el ingreso indebido por la no aplicación de la tarifa plana. Debiendo para ello dirigirse a las distintas oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social para instar la misma.